SE PODRÁN REALIZAR ACTIVIDADES FÍSICAS INDIVIDUALES
El Ministerio de Salud (MINSA) aprobó la directiva sanitaria que establece medidas para la reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos en el contexto de la pandemia de covid-19.
En la Resolución Ministerial N° 350-2020-Minsa, el sector precisa que la finalidad de la Directiva Sanitaria N° 104 -MINSA/2020/DGIESP es “contribuir al fortalecimiento de la salud mental y de la salud física de la población, mediante la práctica de la actividad física y recreativa”.
En todos los casos, esta reincorporación progresiva a la actividad física y de recreación en espacios públicos tendrá que hacerse “manteniendo las medidas para prevenir la transmisión comunitaria de la covid-19”, precisa la norma, publicada en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
(…)Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; (…)
(…)Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus competencias, propone la aprobación de la Directiva Sanitaria que establece medidas para la reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos durante el contexto de la Covid-19, cuya finalidad es contribuir al fortalecimiento de la salud mental y de la salud física de la población, mediante la práctica de la actividad física y recreativa, manteniendo las medidas para prevenir la transmisión comunitaria de la Covid-19;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 104 -MINSA/2020/DGIESP, “Directiva Sanitaria que establece medidas para la reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos durante el contexto de la Covid-19”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.(…)
Las medidas esenciales son el uso de la mascarilla y la distancia social entre persona y persona, como elementos clave para reducir el riesgo de contagio del coronavirus, además del lavado de manos frecuente.
Fuente: Diario Oficial El Peruano
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Con respecto al uso de mascarilla, hemos tenido en diversos programas de “Conversando en AtletasPeru“, a especialistas y médicos quienes recomiendan llevar la mascarilla por precaución pero manteniéndola abajo, es decir, sin cubrir nariz y boca. En el caso que haya otro corredor cerca, sí debe colocarse la mascarilla de manera correcta.
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